Residencia de larga duración Barcelona

La residencia de larga duración es una autorización indefinida que se obtiene tras 5 años de residencia legal continuada en España, y permite trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier sector sin las limitaciones de otras autorizaciones. Una vez concedida, permite ausentarse de España hasta 12 meses consecutivos sin perderla.

La residencia de larga duración es un permiso de carácter indefinido para quienes acreditan cinco años de residencia legal continuada en España. Ofrece las mismas condiciones de trabajo que un ciudadano español, sin las limitaciones geográficas o sectoriales de otras autorizaciones.

Es, junto con la nacionalidad, el punto de llegada natural de cualquier trayectoria de regularización: arraigo, cuenta ajena, cuenta propia o no lucrativa conducen todas, tras cinco años, a esta autorización.

¿Para quién es?

Extranjeros con cinco años de residencia legal continuada en España que desean obtener la residencia de larga duración.

Requisitos principales

  • 5 años de residencia legal continuada en España
  • Medios económicos suficientes en el momento de la solicitud
  • Carencia de antecedentes penales, tanto en España como en el extranjero
  • Ausencias no superiores a los límites legales durante los 5 años previos (en general, no más de 10 meses acumulados)

Proceso de tramitación

  1. Verificación del período de residencia acumulado y de las ausencias registradas
  2. Recopilación de toda la documentación de residencia previa (histórico de autorizaciones, empadronamiento)
  3. Preparación del expediente y acreditación de medios económicos suficientes
  4. Presentación de la solicitud ante la Oficina de Extranjería de Barcelona
  5. Seguimiento del expediente hasta resolución

¿POR QUÉ CONTAR CON UNA ABOGADA ESPECIALISTA?

El cómputo de ausencias es el punto más delicado de este trámite: viajes prolongados o mal documentados durante los cinco años previos pueden interrumpir la continuidad exigida sin que el solicitante lo sepa. Revisamos el histórico completo de entradas y salidas antes de presentar la solicitud.

También coordinamos, cuando procede, la solicitud simultánea de la residencia de larga duración-UE, que amplía los derechos de movilidad a otros países de la Unión Europea sin coste adicional de gestión relevante.

Larga duración nacional vs larga duración-UE

Larga duración nacional

Larga duración-UE

Ámbito de validez

Solo España

Toda la Unión Europea

Ausencia máxima sin perderla

12 meses consecutivos

Hasta 6 años si te trasladas a otro Estado miembro

Recomendación

Se obtiene siempre

Solicitar también si se cumplen requisitos, por la movilidad adicional

Honorarios

Los honorarios incluyen la verificación del período de residencia y ausencias, la preparación completa del expediente, la acreditación de medios económicos y el seguimiento hasta resolución. Presupuesto cerrado antes de comenzar.

Preguntas frecuentes

Una vez obtenida, puedes ausentarte hasta 12 meses consecutivos sin perderla (o hasta 6 años si te trasladas a otro Estado miembro de la UE). Durante los 5 años previos de residencia ordinaria, las ausencias deben ser limitadas.

Sí. Autoriza a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia en cualquier sector de actividad, sin las limitaciones geográficas o sectoriales de otras autorizaciones.

No es un problema: lo relevante es la continuidad de la residencia legal, con independencia del tipo de autorización que la haya amparado en cada momento.

En la mayoría de los casos la nacionalidad exige 10 años de residencia, por lo que la larga duración (5 años) se obtiene primero. Ambos trámites son compatibles y no es necesario esperar a tener la nacionalidad para solicitar la larga duración.

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