La residencia de larga duración-UE es un estatuto de residencia permanente reconocido en toda la Unión Europea. Se obtiene con los mismos requisitos que la larga duración nacional (5 años de residencia legal en España) y facilita trasladarse a vivir y trabajar en otro país miembro sin tramitar un nuevo visado desde cero.
La residencia de larga duración-UE otorga un estatuto reconocido en toda la Unión Europea, lo que facilita el traslado a vivir y trabajar en otros países miembros sin necesidad de obtener un nuevo visado. Es la versión con proyección europea de la residencia de larga duración nacional.
Los requisitos de acceso son los mismos que para la larga duración nacional (5 años de residencia legal), por lo que recomendamos solicitar ambos estatutos de forma simultánea siempre que sea posible.
Extranjeros con 5 años de residencia legal en España que desean obtener el estatuto de residente de larga duración-UE, con derechos de movilidad en otros Estados miembros.
Muchos solicitantes desconocen que pueden pedir el estatuto UE a la vez que la larga duración nacional, sin coste adicional de gestión relevante, y renuncian a él sin necesidad. Te explicamos si te conviene y lo tramitamos conjuntamente.
Si tu proyecto vital contempla trasladarte a otro país europeo en el futuro (trabajo, estudios, reagrupación), este estatuto es la vía que lo permite sin empezar de cero en el nuevo país.
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Larga duración nacional |
Larga duración-UE |
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Ámbito de validez |
Solo España |
Toda la Unión Europea |
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Ausencia máxima sin perderla |
12 meses consecutivos |
Hasta 6 años si te trasladas a otro Estado miembro |
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Recomendación |
Se obtiene siempre |
Solicitar también si se cumplen requisitos, por la movilidad adicional |
Los honorarios incluyen la verificación de requisitos, la preparación del expediente y el seguimiento hasta resolución. Si se solicita conjuntamente con la larga duración nacional, se aplica un ajuste en el presupuesto por la gestión combinada. Presupuesto cerrado antes de comenzar.
La residencia de larga duración-UE otorga un estatuto reconocido en toda la Unión Europea, lo que facilita el traslado a vivir y trabajar en otros países miembros sin necesidad de obtener un nuevo visado. La residencia nacional sólo tiene efectos en España.
Sí, puedes solicitar ambos simultáneamente. Se recomienda tramitar el estatuto UE siempre que se cumplan los requisitos, ya que amplía significativamente los derechos de movilidad.
No, para obtener el estatuto en España no es necesario. Los requisitos concretos para trasladarte y residir en el otro país miembro dependerán de la normativa de ese Estado.
El estatuto UE permite ausencias de hasta 6 años sin perder la condición de residente de larga duración, lo que da un margen amplio para valorar un traslado sin cerrar la puerta a España.